sábado, 19 de abril de 2008

Detournement de pouvoir: Acerca del affaire BANMAT

En el escenario administrativo constitucional como administrativo (en fin del Derecho Público) se admite que toda actuación estatal tiene en claridad y preferencia un ingrediente finalista como a bien lo expone el ius administrativista español GÓMEZ-FERRER MORANT.

Tal ingrediente viene señalado por el hecho-indubitable, por cierto- de que las Administraciones Públicas tienen por objetivo el servicio a los intereses generales.

Sin embargo, muchas veces hay quienes en su calidad de servidores de la Nación confunden intereses personales con los intereses de la comunidad. Cuando el agente cubre con un manto de legalidad, oportunidad o de aparente fin de servicio a aquello que responde a un fin particular es cuando nos encontramos frente a la llamada desviación de poder. Esto es traido a colación a razón de un suceso muy deprimente por cierto: Un directorio entero de una persona jurídica de Derecho Privado adscrita al Ministerio de Vivienda, Cosntrucción y Saneamiento ha sido destituido por hacer uso de propiedades ofertadas a personas de escasos recursos a su favor o el de sus familiares.

La noticia ofrecida en un programa de investigación nacional no ha descubierto nada, en realidad. El mérito de ella es haber exhibido a la luz pública un mal nacional, de propiedad no exclusiva de las Administraciones Públicas del Perú, sino, presente en cualquier entidad pública del mundo: la desviación de poder; mal que hace ya mucho tiempo los propios franceses -patria del Derecho Admninistrativo- habian puesto a conocimiento con el recurso por desviación de poder.Y no me malentiendan al decir que el programa no ha descubierto nada; lo que quiero decir (y para ello no necesito traductor) es que, hasta el programa en cuestión, la desviación de poder era una rémora en cuanta actividad administrativa exisitia en la patria, pero de la cual nada osaba hablar ni aún peor, a riesgo de caer en descredito, cuestionar.

En suma, la desviación de poder es una de las facetas que ya GORDILLO ha denominado la administración paralela. Inclusive el BANMAT ofrcia créditos a sus propios empleados a traves de la vía elctrónica. Es pues, la hora de que la opinión pública y política se pronuncie y se investigue a profundidad dada la indubitabilidad de lo antijuridico de la acción de estos agentes estatales.

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Acerca del autor

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Chiclayo, Peru
Bachiller en Derecho por la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.Estudios de Especialización en Administración de Recursos Humanos por IPAE.